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Convocatoria Subvenciones y Ayudas

Se ha abierto la Convocatoria hasta el 12 de junio de 2016 para Programa de Adecuación Funcional del Hogar 2016 por el que se pueden solicitar Ayudas Económicas para Personas Mayores, Discapacitadas y/o Dependientes en algunas de las siguientes modalidades:


1. Modalidad 1ª. Obras de Adecuación Funcional del Hogar.

2. Modalidad 2ª. Adquisición de Ayudas Técnicas y Medios Funcionales.

Se pueden recoger y entregar las Solicitudes en Servicios Sociales (hogar del pensionista)

Se adjunta Anuncio del BOP

Primero. Beneficiarios:
Personas mayores de 65 años, personas con discapacidad o
personas que se encuentren en situación de dependencia o, sus
unidades familiares, siempre que residan en los municipios menores
de 20.000 habitantes de la provincia de Córdoba y que presenten
limitaciones funcionales que reduzcan su autonomía personal,
debiendo quedar suficientemente acreditados documentalmente
dichos requisitos.
Utilizaremos un criterio restringido de unidad familiar, definiéndola
como la constituida por una o varias personas que convivan
en un mismo domicilio y se encuentren relacionadas entre sí por:
• Vínculo matrimonial o uniones de hecho.
• Parentesco por consanguinidad, adopción o afinidad hasta segundo
grado.
• Se encuentren en situación derivada de acogimiento familiar
permanente o preadoptivo.
Segundo. Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones
destinadas a sufragar el coste de las obras y/o las actuaciones
que sean necesarias llevar a cabo, para la adecuación
o adaptación funcional de las viviendas de uso habitual y permanente,
en las que tengan establecida su residencia las personas
mayores, discapacitadas o en situación de dependencia y, que
como consecuencia de alguna o varias de estas circunstancias,
presenten una pérdida de su autonomía personal, que reduzcan
sus posibilidades de movilidad. Asimismo, podrá incluirse en esta
convocatoria, la adquisición y dotación de los medios materiales
técnicos, funcionales o instrumentales que mejoren su capacidad
o la de las personas cuidadoras en el entorno en el que se llevan
acabo las actuaciones básicas de la vida diaria.
Tercero.Bases reguladoras:
Las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el
marco del Programa de Adecuación Funcional del Hogar 2016 se
encuentran publicadas íntegramente en la web corporativa del
Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba
http://www.ipbscordoba.es.
Cuarto. Cuantía:
El Presupuesto máximo disponible para la concesión de las
subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de
600.000,00 €, imputándose las mismas a la aplicación presupuestaria
2318 78900 Programa Adecuación Funcional de Hogares del
Presupuesto de Gastos del Instituto Provincial de Bienestar Social
de Córdoba para el ejercicio 2016.
Cuantías máximas por solicitante y modalidad.
1. Modalidad 1ª. Obras de Adecuación Funcional del Hogar.
1.700,00 €. Este importe podrá incluir los gastos imputables al beneficiario
para la obtención de las preceptivas licencias de obras y
demás impuestos exigibles.
2. Modalidad 2ª. Adquisición de Ayudas Técnicas y Medios
Funcionales. 1.300,00 €.
La modalidad 1ª, Obras de Adecuación Funcional del Hogar,
sólo podrá concederse para el conjunto de una misma unidad familiar
en cuantía máxima de 1.700,00 €, mientras que la Modalidad
2ª, Adquisición de Ayudas Técnicas y Medios Funcionales,
podrá ser concedida a más de un miembro de la unidad familiar
que la haya solicitado con el límite máximo de 1.300,00 € para cada
uno de ellos.
Los solicitantes podrán presentar solicitudes para cada una de
las modalidades anteriores.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales,
a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.(11 de mayo de 2016)
Sexto. Otros datos:
Las solicitudes se efectuarán en modelo normalizado, incluido
en el Anexo I de las Bases de esta convocatoria, disponible en la
página web del Instituto y en sus distintos centros de trabajo, debiendo
ir acompañada de la documentación general y específica
recogida en los anexos siguientes (Artículo 10 de las Bases de la
convocatoria).
El abono de la subvención se realizará con carácter anticipado
a la realización de la obra y/o adquisición de los bienes objeto de
esta convocatoria.

Córdoba a 6 de mayo de 2016.
Firmado electrónicamente: La 
Vicepresidenta del Instituto Provincial
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